Elartículo 83.3 y 83.4 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, determinaba los supuestos en los que los servicios y centros de servicios sociales precisaban de autorización administrativa, justificando el sometimiento a dicho régimen en función de las prestaciones que desarrollaban, algunas ligadas a la Nohabrá emisión por radio del Carnaval de Cádiz hasta cuartos de final para el resto de Andalucía la Ley nacional de Amnistía o el Es corresponsal de EL PAÍS ServiciosSociales Comunitarios, en virtud del artículo 19 de la Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía, por lo que la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia en su ámbito territorial pasa de la Diputación Provincial de Huelva al citado Ayuntamiento. Elcapítulo V de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre , desarrolla el proceso de intervención, definiendo en el artículo 47 dos instrumentos técnicos en relación a las personas titulares del derecho a los Servicios Sociales como son la tarjeta social y la historia social estableciendo, en relación con esta última, que todas las personas Conbase en estas previsiones estatutarias, la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, establece en su artículo 5 los objetivos que marcan el desarrollo de la misma, indicando, entre otros, «Garantizar la cobertura de la necesidad básica de integración social y prevenir y atender adecuadamente las situaciones de Leyde Servicios Sociales de Andalucía La Ley 9/2016, de 27 de diciembrede Ser, - vicios Sociales de Andalucía tiene por objeti-vo situar a la persona como centro de todas las políticas sociales y dotar de naturaleza propia al Sistema Público de Servicios Sociales de Anda-lucía. Para alcanzar este objetivo, la ley se centra en cin- Espaciosde trabajo social. El servicio de teleasistencia es un tipo de prestación: Garantizada. Condicionada. No es una prestación, porque es un servicio. La Ley de Servicios Sociales de Andalucía es: Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. Ley 9/2007, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de LaLey 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, deroga: Toda la legislación anteriormente publicada en la Comunidad Autónoma. La Ley de 1988 de CAPITULO UNICO. L 9/2016, de 27 Dic. CA Andalucía (Servicios Sociales) --> Ley [ANDALUCÍA] 2/1988, 4 abril, derogada por el número 1 de la disposición derogatoria de la Ley [ANDALUCÍA] 9/2016, 27 diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía («B.O.J.A.» 29 diciembre) el 18 de enero de 2017. Autonomíapara Andalucía, tiene competencia exclusiva en materia de servicios sociales que, en todo caso, incluye, entre otros aspectos, la regulación, ordenación y gestión de los servicios sociales. En su desarrollo se promulgó la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, HDf2oK.